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https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5725265&fecha=30/04/2024#gsc.tab=0

PDF  DOF – 30 mayo 2024 – Fondo de Pensiones para el Bienertar

El decreto realiza diversas reformas y adiciones a varias leyes con el objetivo principal de crear el Fondo de Pensiones para el Bienestar. Los principales puntos son:

  1. Se establece que al cumplir 70 años (IMSS) o 75 años (ISSSTE), los recursos de las subcuentas de retiro, cesantía y vejez de los trabajadores se transferirán automáticamente al nuevo Fondo de Pensiones para el Bienestar, administrado por el Banco de México.
  2. Se crea el Fondo de Pensiones para recibir, administrar e invertir estos recursos transferidos de las subcuentas de los trabajadores.
  3. El Fondo otorgará un complemento a las pensiones de los trabajadores que al cumplir 65 años tengan una pensión menor a $16,777 mensuales, para que reciban el equivalente a su último salario hasta ese monto.
  4. Se establecen disposiciones para garantizar la imprescriptibilidad de los derechos de los trabajadores sobre estos recursos transferidos al Fondo.
  5. Se destinan al Fondo diversos ingresos, como los provenientes de enajenación de bienes decomisados, liquidación de la Financiera Nacional Agropecuaria, y remanentes de entidades paraestatales.

La creación de un fondo centralizado para administrar los recursos de retiro de los trabajadores a partir de ciertas edades y otorgar complementos a pensiones bajas, fondeado con diversas fuentes de ingresos.

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