https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5725265&fecha=30/04/2024#gsc.tab=0
PDF DOF – 30 mayo 2024 – Fondo de Pensiones para el Bienertar
El decreto realiza diversas reformas y adiciones a varias leyes con el objetivo principal de crear el Fondo de Pensiones para el Bienestar. Los principales puntos son:
- Se establece que al cumplir 70 años (IMSS) o 75 años (ISSSTE), los recursos de las subcuentas de retiro, cesantía y vejez de los trabajadores se transferirán automáticamente al nuevo Fondo de Pensiones para el Bienestar, administrado por el Banco de México.
- Se crea el Fondo de Pensiones para recibir, administrar e invertir estos recursos transferidos de las subcuentas de los trabajadores.
- El Fondo otorgará un complemento a las pensiones de los trabajadores que al cumplir 65 años tengan una pensión menor a $16,777 mensuales, para que reciban el equivalente a su último salario hasta ese monto.
- Se establecen disposiciones para garantizar la imprescriptibilidad de los derechos de los trabajadores sobre estos recursos transferidos al Fondo.
- Se destinan al Fondo diversos ingresos, como los provenientes de enajenación de bienes decomisados, liquidación de la Financiera Nacional Agropecuaria, y remanentes de entidades paraestatales.
La creación de un fondo centralizado para administrar los recursos de retiro de los trabajadores a partir de ciertas edades y otorgar complementos a pensiones bajas, fondeado con diversas fuentes de ingresos.