El pasado 23 de octubre de 2026, el Diario Oficial de la Federación (Edición Vespertina) publicó el Decreto que establece las disposiciones para el otorgamiento del aguinaldo correspondiente al ejercicio fiscal de 2026.
De acuerdo con el decreto y con el artículo 42 Bis de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado (LFTSE), el aguinaldo equivale a 40 días de salario y su pago se sujetará a las siguientes fechas:
- Inicio del pago: a partir del 10 de noviembre de 2026 (artículo Sexto del decreto).
- Primera mitad (50%): a más tardar el 15 de diciembre de 2026.
- Segunda mitad (50%): a más tardar el 15 de enero de 2027.
El decreto aplica a las dependencias de la Administración Pública Federal, incluidos sus órganos administrativos desconcentrados, como la CONAPESCA, así como a las entidades paraestatales, como el IMIPAS. Cada institución definirá la fecha de depósito dentro de esas ventanas legales.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público emitirá los lineamientos específicos para la aplicación del decreto (artículo Décimo segundo). El SIDTPA dará seguimiento puntual y comunicará cualquier precisión sobre las fechas de depósito.
Las ventanas de pago pueden consultarse en el Calendario Laboral SIDTPA 2026: https://s
El decreto completo se anexa a este comunicado en formato PDF.
Ante cualquier irregularidad, retraso o duda, las y los agremiados pueden acudir a su sección sindical o al Comité Ejecutivo Nacional.
Boletin – Fechas pagos Aguinaldos 2026 DOF – SIDTPA
