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Segundo periodo de vacaciones 2022

…..me permito hacer de su conocimiento que el segundo periodo de vacaciones del presente año comprenderá del lunes 19 al viernes 30 de diciembre de 2022, para reanudar labores el día lunes 2 de enero de 2023.

Al respecto, se establecen los siguientes criterios:

1. El personal de base y confianza (operativo y mando) que cuente con más de seis meses consecutivos de servicio anteriores a la fecha de su solicitud, podrá disfrutar del segundo periodo vacacional 2022, conforme a las necesidades del servicio y previa autorización de su superior jerárquico.

2. El periodo señalado no debe recorrerse, por lo que cada unidad administrativa elaborará un calendario para el disfrute del segundo periodo vacacional 2022; en caso de que, por necesidades del servicio, las unidades administrativas necesiten programar guardias para garantizar la continuidad del servicio, éstas serán cubiertas preferentemente por los servidores públicos que no tengan derecho a disfrutar de vacaciones.

3. Cuando por necesidades del servicio no sea posible que algún servidor público disfrute del segundo periodo vacacional2022, previo acuerdo con su superior jerárquico, deberá disfrutarlo a partir de la fecha en que dejen de existir las causas que impidieron disfrutar de este descanso. Para tal fin, deberá adjuntar al formato de solicitud de vacaciones vigente, el documento que acredite la causa que en su momento impidió el disfrute.

4. Los servidores públicos podrán solicitar autorización del disfrute de periodos vacacionales pendientes (que aún se encuentren vigentes). a partir del 2 de enero de
2023.

5. Los días de vacaciones no disfrutados no se compensarán con percepción o prestación económica alguna.